Abierto el plazo de presentación de
candidaturas, desde el 25 de junio hasta el 17 de julio de 2020. La
documentación puede entregarse en la secretaría de la hermandad desde las 19:30
a 21:30 horas, de lunes a viernes.
Para ser miembro de la Junta de Gobierno se requiere: Tener 18 años
cumplidos, como mínimo 3 años de antigüedad en la Hermandad, residir en un
lugar desde el que le sea posible cumplir con la misión del respectivo oficio. (Art. 32.4 NNDD).
Duración
del mandato y cargos
La
duración de los cargos elegidos en el Cabildo de Elecciones será por cuatro
años. El Hermano Mayor y los demás oficiales de Junta solo podrán ser
reelegidos para el mismo cargo que ocupen para un nuevo mandato consecutivo de
cuatro años. Las candidaturas cerradas (Regla 80), que se formen estarán
formadas por los siguientes capitulares: Hermano Mayor, Teniente Hermano Mayor,
Promotor Sacramental, Consiliario 1º, Consiliario 2º, Fiscal, Mayordomo 1º,
Mayordomo 2º; Secretario 1º, Secretario 2º, Prioste 1º, Prioste 2º, Prioste 3º,
Diputado Mayor de Gobierno, Diputado de Cultos, Diputado de Obras
Asistenciales, Diputado de Formación y Relaciones Institucionales, Diputado de
Juventud.
Documentos a entregar en el momento de formalizar la
candidatura: (Art. 32.4
NNDD).
Ø
Copia del documento nacional de identidad o documento
oficial
equivalente.
Ø Certificado actualizado de
bautismo.
Ø
Declaración jurada de encontrarse en situación familiar
regular y, en su caso, certificado de matrimonio canónico.
Solicitud de voto por correo
La Regla 60 reconoce la facultad de votar por
correo, a aquellos hermanos que por enfermedad o por tener su residencia fuera
de Sevilla capital y así conste en el censo electoral, quieran hacer uso de
dicha facultad. Previamente el hermano tiene que solicitar por escrito,
que quiere ejercer este derecho con al menos 30 días de antelación al Cabildo
de Elecciones, esto es el 27 de agosto de 2020. La Comisión Electoral remitirá
por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y
los sobres electorales, junto con la citación al Cabildo (Art. 45.2.4
NNDD).
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