SOLICITUD DE VOTO POR CORREO: La Regla 60 reconoce la facultad de votar por correo, a aquellos hermanos que por enfermedad o por tener su residencia fuera de Sevilla capital y así conste en el censo electoral, quieran hacer uso de dicha facultad. Previamente el hermano que quiera ejercer este derecho, deberá solicitarlo por escrito mediante correo ordinario a la hermandad, Plaza de San Julián nº 2, 41003 Sevilla. Este plazo se cierra el día 27 de agosto de 2020.
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