El
título III de nuestras Reglas titulado Vida de la Hermandad, dentro del epígrafe la estación de penitencia describe en el artículo 33 el hábito de los
nazarenos. Es importante contemplar fielmente esta descripción para tener una
estética uniforme y conforme a nuestra historia. En esta ocasión nos detenemos
en el hábito del cortejo del paso de María Santísima de la Hiniesta Dolorosa.
Dice el punto primero del artículo 33 de las Reglas: “Túnica de raso azul con
botonadura forrada del mismo color así como tres botones en cada bocamanga;
antifaz de igual tela y calidad, apareciendo en el mismo escudo bordado en
plata con la Mitra de San Julián, Báculo y Cruz Parroquial; cordón o cíngulo de
hilo de seda en azul y blanco; capa blanca con escudo sobre el ante hombro
izquierdo, en el que figura el Corazón de María con los siete puñales de dolor
sobre la Cruz de la Redención; completado con guantes y calcetines blancos con
sandalias negras de dos tiras”.
Los
hermanos nazarenos que forman parte del cortejo de Virgen deben tener en cuenta
por tanto algunos detalles como son las sandalias color negro de dos tiras, los
calcetines blancos, el cordón o cíngulo de hilo de seda azul y blanco y los
tres botones azules en cada una de las bocamangas, así como la capa blanca. La
túnica de capa del cortejo de Virgen si
tiene botonadura forrada del mismo color azul de la túnica.
Como
norma general para todos los nazarenos de la Cofradía de la Hiniesta, el punto
segundo del artículo 33 de las Reglas dice que “bajo ningún pretexto será
permitido a los nazarenos y acólitos usar distintivos, joyas ni emblemas oficiales
o particulares de ninguna clase durante la Estación de Penitencia, manteniendo
el correspondiente decoro bajo la supervisión del Diputado Mayor de Gobierno”.
Siguiendo
con normas generales para todos los nazarenos, el Reglamento de Régimen Interior en su capítulo 5, sobre la
estación de penitencia y en su artículo
16 establece algunas de estas normas. Nos detenemos en los cuatro primeros
apartados en los que se dice que los hermanos que vayan a realizar la estación
de penitencia como nazarenos, se encuentran especialmente obligados a observar
las siguientes normas:
a)
Guardar silencio y recogimiento durante todo el recorrido, absteniéndose de
comer, beber o fumar, así como de utilizar aparatos reproductores del sonido,
teléfonos móviles o similares, aun cuando se lleven ocultos, salvo aquéllos
expresamente autorizados por razón del puesto que ocupan en la Cofradía.
b)
Identificarse mediante la exhibición de su papeleta de sitio y del D.N.I.
cuando fuesen requeridos por su Diputado de Tramo o por el Diputado Mayor de
Gobierno o sus Auxiliares.
c)
Entregar a su Diputado de Tramo o depositar en el lugar que se indique su cirio
o insignia, una vez entren en el Templo, pudiendo permanecer en éste, guardando
la debida compostura, hasta la total entrada de la Cofradía y regresar luego a
su domicilio con la misma diligencia y sobriedad que a la llegada., retirándose
luego a su domicilio de la manera más rápida y discreta posible.
En
este mismo artículo se establece que “los acólitos se someterán a estas mismas
normas en tanto les resulten de aplicación”. Por lo que respecta a los hermanos costaleros el artículo 26
describe su uniformidad, así “en la estación de penitencia, los
costaleros vestirán camiseta blanca, pantalón negro, peto de chándal azul
marino luciendo el escudo de la Hermandad, faja negra, y costal blanco con la
arpillera en su color sin presentar estampados, dibujos, imágenes ni signos
distintivos de ningún tipo y zapatillas negras” el artículo 27 dice que “los
miembros de la cuadrilla de costaleros están sometidos a iguales derechos y
deberes que el resto de los hermanos. En particular, se obligan a llevar los
pasos procesionales con dignidad y decoro, obedeciendo las órdenes de los
respectivos Capataces y las instrucciones que imparta la Junta de Gobierno a
través del Fiscal de Paso”.
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