1. Art. 57.2:
Exposición del censo provisional (20 días naturales)
Del 27 de enero al 15 de
febrero
2. Art. 58.1:
Presentación de candidaturas
Del 1 al 30 de abril
3. Art. 59.1: Actividades de captación de votos
Del 18 de mayo al 19 de junio
4. Art. 60.2: Fin del proceso de voto por correo
20 de junio a las 22.00 h
5. Art. 56: Cabildo de elecciones
21 de junio
3. Art. 59.1: Actividades de captación de votos
Del 18 de mayo al 19 de junio
4. Art. 60.2: Fin del proceso de voto por correo
20 de junio a las 22.00 h
5. Art. 56: Cabildo de elecciones
21 de junio
Para tener
oficio en la Junta
de Gobierno, los candidatos deben reunir los siguientes requisitos que se
especifican en la Regla
76, apartados 1 y 2.
·
Ser hermano con más de dieciocho años de edad.
·
Tener una antigüedad como hermano al menos de tres años.
·
Residir en un lugar desde el que le sea posible cumplir las
funciones de su cargo.
·
Distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social,
así como por su vocación apostólica.
·
Seguir los programas de formación cristiana a que se refieren los
artículos 18.2 y 31.4 de las vigentes Normas Diocesanas.
·
Los de estado casado, al presentar su candidatura, acompañarán una
certificación de matrimonio canónico, así como una declaración de encontrarse
en situación familiar regular.
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